RMV de S/ 1,230: qué cambia para quien trabaja de noche
Desde el 1 de octubre de 2026 la remuneración mínima es S/ 1,230 y el piso de quien trabaja en horario nocturno sube de S/ 1,525.50 a S/ 1,660.50. Cómo encontrar a quién hay que ajustarle el sueldo.
Equipo EnTurno4 min de lectura
El aumento de la remuneración mínima no solo toca a quien gana la mínima. En una empresa por turnos toca también a quien trabaja de noche, porque el piso nocturno se calcula sobre la RMV. Quien ganaba cómodamente por encima del piso en septiembre puede estar por debajo en octubre.
Qué cambió el 1 de octubre
El D.S. 015-2026-TR fijó la remuneración mínima vital (RMV) en S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026. Es el primer tramo del aumento: el segundo, a S/ 1,300, se fijará por decreto supremo en el primer semestre de 2027.
Quien trabaja en horario nocturno, de 10:00 p. m. a 6:00 a. m., no puede percibir menos que la RMV más 35 % (artículo 8 del TUO del D. Leg. 854). Por eso el piso nocturno se mueve con la RMV:
La escala empieza en S/ 1,100. El tramo de color de cada fila es el aumento del 1 de octubre de 2026; la línea punteada, un sueldo nocturno de S/ 1,600, que cumplía el piso anterior y no cumple el nuevo.
| Hasta el 30 de septiembre de 2026 | Desde el 1 de octubre de 2026 | Diferencia | |
|---|---|---|---|
| RMV | S/ 1,130.00 | S/ 1,230.00 | S/ 100.00 |
| Piso nocturno (RMV × 1.35) | S/ 1,525.50 | S/ 1,660.50 | S/ 135.00 |
Quién necesita un ajuste
Hay dos grupos, y el segundo es el que suele pasarse por alto:
- Quien trabaja de día y gana menos de S/ 1,230. Quien ganaba la RMV anterior, S/ 1,130, necesita S/ 100 más.
- Quien trabaja de noche y gana menos de S/ 1,660.50. Aunque gane bastante más que la RMV.
Un ejemplo con tres personas de un mismo equipo de vigilancia:
| Persona | Horario | Sueldo | Piso que le aplica | Ajuste desde octubre |
|---|---|---|---|---|
| Persona A | Día | S/ 1,150.00 | S/ 1,230.00 | S/ 80.00 |
| Persona B | Noche | S/ 1,600.00 | S/ 1,660.50 | S/ 60.50 |
| Persona C | Noche | S/ 1,700.00 | S/ 1,660.50 | Ninguno |
Esquema ilustrativo. Las personas y sueldos son un ejemplo, no datos de un cliente.
La persona B cumplía el piso nocturno anterior con S/ 74.50 de margen (S/ 1,600 − S/ 1,525.50). Con el nuevo piso le faltan S/ 60.50 (S/ 1,660.50 − S/ 1,600).
El piso nocturno no es un recargo por hora
El trabajo nocturno no suma un porcentaje por cada hora trabajada de noche: fija un piso para el sueldo de quien trabaja en ese horario. Si la persona ya gana más que el piso, que trabaje de noche no cambia su remuneración. Si gana menos, hay que subirla hasta el piso.
Lo que sí se paga por hora es el sobretiempo, de día o de noche, con sobretasas del 25 % y del 35 % sobre el valor hora (registro de sobretiempo). Cuando el sueldo sube hasta el piso, el valor hora sube con él: con S/ 1,660.50, el valor hora es S/ 1,660.50 ÷ 30 ÷ 8 ≈ S/ 6.92.
Revisa tu rol de turnos
El aumento obliga a mirar el rol, no solo la lista de sueldos. Para cada persona:
- ¿Trabaja en horario nocturno? Mira el rol de octubre, no el contrato: alguien contratado para el turno de tarde puede haber pasado a la noche hace meses.
- ¿Rota entre día y noche? Si el rol rota, define con tu responsable laboral cómo aplicas el piso en los periodos nocturnos, y aplícalo igual a todos.
- ¿Su sueldo cubre el piso que le corresponde? S/ 1,230 de día, S/ 1,660.50 de noche.
Haz la prueba en la calculadora: con la opción de trabajo nocturno marcada, compara el sueldo contra el piso vigente en la fecha.
Lo que falta por decidir en 2027
El segundo tramo, a S/ 1,300, todavía no tiene decreto ni fecha. Si se fija en ese monto, el piso nocturno pasaría a S/ 1,300 × 1.35 = S/ 1,755. Mientras tanto, las cifras vigentes son S/ 1,230 y S/ 1,660.50.
Cómo te ayuda EnTurno
En el rol de turnos de EnTurno se ve quién está programado en la noche, y las horas marcadas entre las 10:00 p. m. y las 6:00 a. m. quedan separadas como nocturnas en el reporte para el área de planilla. EnTurno no liquida sueldos: te da la lista de quién trabajó de noche para que tu área de planilla compare cada sueldo con el piso.
Este procedimiento describe el régimen laboral general de la actividad privada. No reemplaza la revisión de tu responsable laboral.