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El turno de noche tiene un piso

En el Perú, el horario nocturno (10:00 p. m. a 6:00 a. m.) no suma un porcentaje por hora: fija una remuneración mínima. Quien trabaja de noche no puede ganar menos que la RMV más 35 %, S/ 1,660.50 desde el 1 de octubre de 2026.Revisión de reglas: 9 de octubre de 2026.

Calcula este caso con tus datos

La calculadora ya trae el caso. Cambia la remuneración, la fecha o las horas y vuelve a calcular; «Copiar enlace» guarda tus datos en la dirección.

La remuneración mensual ordinaria; acepta céntimos (1,230.50).

Usa una fecha por bloque y escribe el total de sobretiempo de ese día: el cálculo aplica el 25 % a las dos primeras horas y el 35 % desde la tercera. Un turno que cruza la medianoche se separa en dos fechas.

Fecha 1

Horas de esta fecha

Valor adicional estimado

S/ 18.75

No es el total de tu planilla.

  • Sobretiempo: primeras dos horas (25 %)S/ 18.75

    14 de octubre de 2026 · 2.00 h × S/ 7.50 (÷240) × 1.25

Piso por trabajo nocturno (RMV + 35 %)

RMV S/ 1,230 · piso S/ 1,660.50

La remuneración cumple el piso nocturno.

Valor hora: remuneración ÷ 30 ÷ 8 (÷240), sin redondear antes de multiplicar. Cada línea se redondea al céntimo.

Así se calcula

El TUO del D. Leg. 854 (art. 8) define el horario nocturno de 10:00 p. m. a 6:00 a. m. y dispone que quien trabaja en ese horario no perciba menos que la Remuneración Mínima Vital con una sobretasa del 35 %. Es una comparación con la remuneración del mes, no una línea más por cada hora.

Por eso la calculadora la muestra aparte: marca «Trabaja principalmente en horario nocturno» y compara la remuneración con la RMV vigente en la última fecha × 1.35. El sobretiempo de la noche se calcula como el del día: remuneración ÷ 240 (S/ 1,800 ÷ 240 = S/ 7.50), × 1.25 las dos primeras horas y × 1.35 desde la tercera.

Remuneración mensual
S/ 1,800
Valor hora (÷ 30 ÷ 8)
S/ 7.50
Sobretiempo: primeras dos horas (25 %): 2.00 h × S/ 7.50 × 1.25
S/ 18.75
Valor adicional
S/ 18.75
Piso nocturno: RMV S/ 1,230 × 1.35
S/ 1,660.50
Falta para el piso
Nada: cumple

Cuándo cambia el resultado

El mismo caso con otro dato. Cada cifra sale del mismo cálculo que hace la herramienta.

Remuneración de S/ 1,800 frente al piso de S/ 1,660.50
Cumple (S/ 139.50 por encima)
2 horas de sobretiempo esa noche: 2 × S/ 7.50 × 1.25
S/ 18.75
De noche con la RMV, S/ 1,230
Faltan S/ 430.50 al mes
De noche con S/ 1,500
Faltan S/ 160.50 al mes

Preguntas frecuentes

¿Hay un recargo nocturno por hora en el Perú?
No. En el Perú el horario nocturno no suma un porcentaje por hora sobre la remuneración: fija un piso. Lo que se paga por hora, de día o de noche, es el sobretiempo, con las mismas sobretasas del 25 % las dos primeras horas y del 35 % desde la tercera.
¿Y si la remuneración está por debajo del piso?
La calculadora usa la remuneración que ingresas y avisa cuánto falta para el piso. Si no llega, primero se ajusta: con S/ 1,660.50, el valor hora es S/ 1,660.50 ÷ 240 = S/ 6.91875 (unos S/ 6.92), y el sobretiempo se calcula sobre ese valor, sin redondearlo antes de multiplicar.
¿Desde cuándo el piso es S/ 1,660.50?
Desde el 1 de octubre de 2026, con la RMV de S/ 1,230 (D.S. 015-2026-TR): S/ 1,230 × 1.35 = S/ 1,660.50. Hasta el 30 de septiembre, con la RMV de S/ 1,130, el piso era S/ 1,525.50. El segundo tramo de la RMV, a S/ 1,300, todavía no tiene decreto.

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